Nueva campaña de Renta

 

Las escasas novedades de la declaración afectan a la tarifa, las plusvalías y las deducciones autonómicas

Llegó la hora de echar cuentas con Hacienda por lo ganado en 2006. La campaña de la renta de este año apenas ofrece novedades –la nueva ley del IRPF, que entró en vigor en enero, afectará a la declaración que se presente el próximo año- más allá de una ligera actualización de la tarifa, un régimen transitorio para las plusvalías y la incorporación de más deducciones autonómicas. La Agencia Tributaria espera recibir más de 17,6 millones de declaraciones, 845.000 de ellas de personas que declararán por primera vez. Para la mayoría de contribuyentes presentar la liquidación de IRPF tiene el aliciente de recuperar dinero, puesto que se calcula que 13.275.000 declaraciones tendrán derecho a devolución, por un importe global de 10.480 millones de euros, mientras que 4.210.000 declaración resultarán a ingresar, por un importe de 9.750 millones de euros. Por tanto, Hacienda acabará pagando en esta campaña 730 millones de euros más de los que recibirá de los contribuyentes. Las declaraciones de cuota cero se cifran en 135.000.El notable aumento de declarantes que se prevé este año tiene que ver con la subida de las rentas salariales y con la incorporación de inmigrantes al mercado laboral, puesto que los límites para determinar quién está obligado a hacer la declaración no han cambiado: 22.000 euros brutos anuales con carácter general para los asalariados (8.000 euros si cobraron de más de un pagador) y 1.000 euros para los perceptores de rentas empresariales y profesionales.Tampoco han cambiado los criterios para presentar declaración simplificada (perceptores exclusivamente de rentas del trabajo, del capital, y plusvalías sometidas a retención o derivadas de la vivienda habitual y reinvertidas) u ordinaria. Por lo que respecta a las tarifas (estatal y autonómicas), no han variado los tipos impositivos, pero sí el importe a partir del cual se aplica uno u otro en un intento de corregir el efecto de la inflación.

En cuanto a los ingresos que no hace falta declarar, para la liquidación de este año se han añadido como rentas exentas las indemnizaciones otorgadas por el Estado o las comunidades autónomas para compensar la privación de libertad a los presos políticos de la dictadura, así como las ayudas públicas cobradas en 2006 para reparar la destrucción de elementos patrimoniales o compensar el desalojo de la vivienda o del negocio por incendio, inundación o hundimiento.

También hay algunas novedades a la hora de declarar las plusvalías obtenidas el año pasado: si el bien que las genera se había adquirido antes del 31 de diciembre de 1994 y se vendió después del 20 de enero del año pasado, hay que diferenciar la ganancia obtenida con anterioridad y posterioridad a esa fecha, que fue el día en que se anunció la reforma del IRPF para 2007. La parte de plusvalía generada antes del 20 de enero puede beneficiarse de los coeficientes reductores en función de la antigüedad e incluso quedar exenta, pero el resto no y tributa al 15%. Y quienes el año pasado cobraron dinero de un seguro de capital diferido deben distinguir también entre lo percibido antes del 20 de enero (que se beneficia de la reducción para las primas satisfechas antes del 31-12-1994) y lo cobrado a partir de esa fecha.

En materia de deducciones, para la declaración de este año ha subido del 10% al 15% la relativa al fomento de las tecnologías de la información, y del 10% al 12% la de inversiones medioambientales. También se incluyen nuevos programas de mecenazgo que desgravan: la Expo Zaragoza 2008 o el Año Lebaniego 2006. Y algunos gobiernos regionales han ampliado sus deducciones –hay ya 106 desgravaciones autonómicas-, de forma que conviene comprobar las posibilidades de desgravar que ofrece la autonomía donde se tiene la residencia fiscal.

El plazo para presentar la declaración o confirmar el borrador de renta acaba el 2 de julio (25 de junio si se quiere domiciliar el pago). Y quienes estén obligados a liquidar impuesto de Patrimonio, también tienen que hacerlo antes de esa fecha.

¿Y si no declaro?
Puede que más de un contribuyente tenga la tentación de no declarar algunas rentas, de desgravarse de más o incluso de no declarar aunque esté obligado a ello. Hay que advertir que las posibilidades de ser “pillado” son muy elevadas, porque pocos ingresos regulares escapan hoy día a la base de datos de Hacienda, y cualquier omisión puede acabar resultando mucho más cara.

No presentar la declaración de renta cuando se está obligado de hacerlo supone jugarse una sanción de unos 200 euros aunque la liquidación sea favorable al contribuyente y a Hacienda le tocara devolver. Si además se ha dejado de ingresar cuota, es decir, si la declaración salía positiva para Hacienda, le pueden imponer una sanción de al menos el 50% de lo que no ha pagado.

Las cosas cambian en caso del Impuesto de Patrimonio, porque si la base del incumplimiento fiscal supera los 3.000 euros, la multa puede llegar al 100%. Y si ha habido ocultación o algún documento falso de por medio, se eleva al 150%.

Errores frecuentes
Hay también una serie de errores que, de forma intencionada o no, cometen muchos contribuyentes siendo fácilmente detectables por Hacienda, lo que suele acarrear luego una declaración paralela y la correspondiente reclamación por parte de la Agencia Tributaria. Un caso frecuente es deducirse por rehabilitación de vivienda sin tener derecho a ello, y la Agencia Tributaria suele verificar si procede o no esa deducción, sobre todo cuando no le consta la compra de una vivienda, la concesión de una hipoteca o ingresos suficientes para ello. También puede hacer saltar las alarmas quien se deduce por vivienda porque ha ampliado la hipoteca pero está destinando ese dinero a comprar otros bienes; o quien se desgrava por viviendas que no son su residencia habitual.

Otro colectivo que suele ser objeto de requerimiento es el que se deduce por hijos mayores de 25 años, o por hijos de entre 18 y 25 años que ingresan más de 8.000 euros al año. Y lo mismo ocurre con quienes no declaran los regalos que da un banco por abrir una cuenta, o lo ingresado por dar una conferencia o un curso, pues son rentas controladas por el Fisco a través de terceras personas. Hacienda conoce igualmente los importes satisfechos por aportaciones a planes de pensiones y puede detectar quién se reduce por este concepto cuando lo que tiene contratado es un plan de jubilación o de ahorro. Y quienes no declaran los rendimientos de inmuebles cedidos a familiares, los alquileres cobrados al inquilino, o lo recibido por alquilar inmuebles por temporadas cada vez tienen más riesgo, porque Hacienda ha reforzado los controles sobre los inmuebles.

Aprobado el nuevo reglamento del IRPF
El Consejo de Ministros aprobó el 30 de marzo pasado el nuevo reglamento del IRPF que completa la reforma de este impuesto que entró en vigor en enero. La norma afecta de forma muy especial a los autónomos y pequeños empresarios que declaran por estimación objetiva, ya que fija en 450.000 euros anuales (300.000 para agricultores y ganaderos) el límite de ingresos –incluidos los del cónyuge, descendientes y ascendientes que se dediquen a la misma actividad- para poder optar a este sistema. Introduce además una retención del 1% sobre los rendimientos íntegros para algunas de las actividades que tributan por estimación objetiva: fabricación, construcción y transporte de mercancías, fundamentalmente.

El reglamento también eleva a 22.000 euros el límite para que los asalariados estén obligados a declarar, permite que los separados o divorciados puedan deducir como vivienda habitual la que siga siendo el domicilio de sus hijos, regula la información que deben facilitar los inquilinos a los caseros para que puedan aplicarse la deducción por alquiler de vivienda a jóvenes, desarrolla las exenciones para becas de estudio y formación de investigadores y para determinados premios literarios y científicos, eleva el importe de gasto deducible por cuotas a colegios profesionales y el límite diario de gasto de manutención que pueden dar las empresas a sus trabajadores, entre otras cuestiones.