Calendario Álava

 

Calendario del Contribuyente de junio-julio 2007

Hasta el día 7 de Junio

IMPUESTOS ESPECIALES

(*) Los Operadores registrados y no registrados, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.

Hasta el día 25 de Junio

RENTA

Si la declaración resulta positiva, se ingresará optativamente el 60% ó el 100% de la cuota.

PATRIMONIO

Si la declaración resulta positiva, se ingresará optativamente el 100% de la cuota.

Renta, Sociedades y No Residentes (con establecimiento permanente). Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades profesionales, agrícolas, ganaderas y forestales, premios, arrendamiento de inmuebles urbanos, ganancias patrimoniales y capital mobiliario

IVA

NO RESIDENTES (sin establecimiento permanente)

Retenciones e ingresos a cuenta

Declaración de no residentes sin establecimiento permanente

Rendimientos inmobiliarios (Bienes Inmuebles de uso propio)

Tributo sobre el Juego

Impuesto sobre las Primas de Seguro

Impuestos Especiales

Hasta el día 6 de Julio

IMPUESTOS ESPECIALES

(*) Los Operadores registrados y no registrados, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.

Hasta el día 26 de Julio

Renta, Sociedades y No Residentes (con establecimiento permanente)

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades profesionales, agrícolas ganaderas y forestales, premios, arrendamiento de inmuebles urbanos, ganancias patrimoniales y capital mobiliario

IVA

No Residentes (sin establecimiento permanente)

Retenciones e ingresos a cuenta

Declaración colectiva

Impuesto sobre las Primas de Seguro

Impuestos Especiales

Impuesto de Sociedades e IRNR (Establecimientos permanentes)

Entidades cuyo ejercicio económico coincida con el año natural:

Régimen general:

Las entidades que tributan bajo normativa de los Territorios Históricos de Bizkaia, Guipúzcoa y Navarra, así como de Territorio Común, deberán presentar la declaración en el impreso que a los efectos haya sido aprobado en el territorio de aplicación de su normativa respectiva).

Régimen de consolidación fiscal:

Resto de entidades en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo.

Impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos

Hasta el día 31 de Julio

Número de Identificación Fiscal

Declaración trimestral de cuentas u operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las Entidades de Crédito